
AricaBox otorga al Arrendatario el acceso al centro de box-bodegas y a la bodega arrendada durante el siguiente horario: Lunes a Sábados de 09:00 a 19:00. Atención en día Domingo y festivos previa cita concertada al whatsapp +56950001000. Asimismo, si el Arrendatario ha autorizado a un tercero a ingresar a la bodega arrendada mediante autorización entregada en el centro de bodegas o al whatsapp ya indicado, éste podrá hacerlo en el horario antes mencionado y exhibiendo su cédula de identidad. Los accesos son sujetos a cambios y dependen de la organización general del edificio y de su reglamento. Es condición para dicho acceso que el Arrendatario haya cumplido oportunamente su obligación de pagar la Renta, en los términos establecidos en l a Cláusula Cuarta del Contrato de Arrendamiento y que haya aceptado someterse a las reglas de funcionamiento del complejo.
Queda prohibido al Arrendatario mantener personal o fijar residencia o domicilio en la bodega o en el domicilio del Arrendador, así como consignar dicha dirección en su correspondencia comercial o particular, o facilitarla a efectos de cualquier registro.
El Arrendatario deberá utilizar la bodega y las restantes instalaciones del inmueble con el debido cuidado y diligencia. Deberá observar de forma estricta las instrucciones y normas que se le impartan referentes a la seguridad.
ARICABOX no será responsable de los accidentes, daños o perjuicios que sufra el Arrendatario por su culpa o por inadecuada utilización de las instalaciones o manipulación de los equipos.
Queda absolutamente prohibido al Arrendatario manipular o alterar los temporizadores de energía y luz, como también los restantes sistemas de automatización con que cuentan los accesos a la bodega y demás equipos electrónicos destinados a funcionamiento de Arica- Box.
El Arrendatario deberá introducir en la bodega sólo bienes de su propiedad o respecto de los cuales ha obtenido el permiso explicito previo de su propietario o tenga el legítimo uso y goce, pudiendo el ARICABOX solicitar que el Arrendatario acredite tales circunstancias cuando estime conveniente.
Se encuentra estrictamente prohibido el acopio o almacenaje de animales, sustancias que se consideren peligrosas por la legislación vigente, o que requieran un tratamiento especial según las normas sanitarias vigentes.
El ingreso al centro de bodegas y a la bodega arrendada tendrá como único fin depositar en él bienes o acceder a ellos para su retiro, siendo dicho acceso siempre en carácter de temporal. No se permite el acceso de animales ni mascotas al complejo de bodegas. Los vehículos están permitidos solo por el tiempo de carga y descarga.
Se encuentra del mismo modo estrictamente prohibido fumar, hacer fuego y realizar trabajos o actividades que produzcan llamas, calor, humo, chispas o cualquier circunstancia que propicie o facilite un incendio.
El representante de ARICABOX podrá excepcionalmente ingresar a la bodega arrendada sin autorización previa del Arrendatario, en todos aquellos casos en que una autoridad pública con facultades legales lo requiera, o se estime razonablemente que existe algún riesgo, urgencia o peligro para la seguridad de los trabajadores o dependientes de ARICABOX, los demás Arrendatarios y sus bienes o la seguridad del recinto. Además, cuando sea necesario efectuar reparaciones o mejoras en beneficio de las bodegas o del edificio en que éstas se emplazan, ARICABOX comunicará tal circunstancia al Arrendatario para que brinde acceso y facilidades, y adopte las medidas de seguridad correspondientes.
En todo evento, es responsabilidad del Arrendatario verificar la aptitud e idoneidad de la bodega arrendada para guardar en él sus bienes, debiendo ubicarlos bien distribuidos de forma que mantengan un equilibrio estable, que no dañen las paredes, puertas, techo ni el piso, y que no impidan el uso de conexiones de agua, las líneas de telecomunicación, los sistemas de seguridad, corriente eléctrica, detección de incendios y ventilación. Se prohíbe perforar los muros ni poner fijaciones o clavos en ellos, ya que hacerlo provoca graves riesgos de incendio y afecta la seguridad del recinto. Los bienes frágiles o delicados deberán guardarse debidamente embalados y a resguardo del polvo y la humedad. Se deberá dejar dentro de la bodega un espacio no inferior a 40 centímetros entre los bienes y los dispositivos de iluminación y de protección contra incendios con los que pudiere contar la bodega.
El Arrendatario será plena y exclusivamente responsable de los eventuales daños o deterioros que sufran los bienes introducidos en la bodega, derivados de su ubicación, embalaje, almacenamiento o disposición; o, por la falta de aptitud o idoneidad para ser almacenados en la bodega arrendada. El Arrendatario debe considerar para estos efectos, además, que la bodega arrendada y el edificio en que se emplaza, serán sometidos de forma periódica a tratamientos sanitarios; y que, además, en circunstancias climatológicas extremas o adversas pueden experimentar variaciones de temperatura, imposibles de anticipar o prever.
El Arrendatario deberá abstenerse de depositar o introducir en la bodega alimentos perecibles; líquidos que no estén contenidos adecuadamente; animales vivos o muertos; seres vivos, plantas y vegetales; basura y desechos; gases bajo presión o no; combustibles; aparatos o vehículos motorizados con más de cinco litros en el depósito de combustible; solventes; armamento y municiones; explosivos; agentes biológicos; residuos tóxicos; objetos, materiales o sustancias combustibles, inflamables, químicos, radiactivos o potencialmente peligrosos; sustancias o productos que emitan humo u olores; productos ilegales u obtenidos ilegalmente; artículos de valor considerable tales como dinero, piedras preciosas, joyas o documentos valorados.
El Arrendatario no podrá dejar desechos, desperdicios o basura en la bodega, ni en las zonas comunes o dependencias del Centro de bodegas. Los contenedores a disposición son del uso común; AricaBox se reserva el derecho de cobrar al Arrendatario el uso exclusivo de los mismos o a organizar el retiro de los desechos generados por el Arrendatario y a cobrar este servicio al Arrendatario en base al 120% del precio incurrido.
Cuando la bodega arrendada se encuentra en 2° ó 3° piso, el arrendatario puede hacer uso del montacargas, pero éste es sólo para trasladar bienes y no puede usarse como ascensor. El arrendatario es responsable de cuidar que ningún niño (a) ó adolescente manipule, se monte en el montacargas o juegue en éste ó en las escaleras de acceso a pisos superiores, eximiendo a ARICABOX de cualquier daño que pueda producirse.
El Arrendatario es responsable y responderá por los daños, menoscabos y desperfectos que se produzcan por su hecho o culpa, tanto en la bodega arrendada como en otras bodegas del centro de bodegas, sus dependencias o cualquier otro bien, debiendo informar a ARICABOX cuando ellos se produzcan.
El Arrendatario que suscribe, acepta y declara conocer las normas y el presente reglamento de uso de la bodega arrendada y del centro de bodegas del que forma parte.